Artículo 6º.- Derecho de rectificación.

Artículo 6º.- Derecho de rectificación.

El titular de datos tiene derecho a solicitar y obtener del responsable, la rectificación de los datos personales que le conciernen y que están siendo tratados por él, cuando sean inexactos, desactualizados o incompletos.

Los datos rectificados deberán ser comunicados a las personas, entidades u organismos a los cuales el responsable haya comunicado o cedido los referidos datos, salvo en los casos en que dicha comunicación sea imposible o exija un esfuerzo desproporcionado.

 

Efectuada la rectificación, no se podrán volver a tratar los datos sin rectificar.

¿Esto respondió a tu pregunta?
😞
😐
🤩

Last updated on August 4, 2021